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Las acciones se demuestran por los hechos.

Estimado asociados:
Por las últimas noticias aparecidas en los medios de comunicación e incluso en páginas web de sindicatos, debemos aclarar perfectamente las acciones a realizar por la Asociación.
1.- DEMANDA COLECTIVA: En ella se va a presentar la Asociación junto con los asociados, uno a uno, en la reclamación de los derechos laborales que le son básicos. En este sentido la interpretación de la ley nosotros la hacemos de una manera y la administración de otra. Es destacable que un señor, magistrado, piensa igual que nosotros en dos asuntos. Asimismo, contamos con más apoyos de personas relacionadas con el mundo legal. Existen en los Juzgados otras reclamaciones efectuadas, en las que el Juzgado se inhibe al contencioso. También se nos comentó la existencia de demandas idénticas (jurisdicción social) en otros partidos judiciales. Significa que no existe sentencia de fondo ni detentación de competencia en exclusiva a la jurisdicción contenciosa administrativa. Sólo demuestra que el problema existe y hay que lucharlo. Los sindicatos, en concreto uno, especificaba el día 9 en su página que de entender que es legal la reclamación por la vía laboral la habrían efectuado, lo cierto y verdad es que no lo intentaron siquiera, ni plantearon conflicto colectivo. Esta asesoría, con sus medios y legitimaciones mucho más limitadas a las de los sindicatos lucha; puede perder o no, pero no se da por vencida.-
2.- DEMANDAS INDIVIDUALES: Estas son presentadas por los asociados de manera individual. En ellas se solicitan en concreto sus derechos como la plaza, el hospital, la devolución de su complemento de exclusividad en el porcentaje del 25% que se le ha descontado (importe muy superior al costo) así como determinar situaciones personales. Estando de baja me rechazaron el firmar (...) estas son las situaciones individuales. Este complemento desde el primer día que se nos solicito informe así se evacuó y entendemos es legal reclamar. Es más, indicamos el porqué y ahora si es reclamable por el sindicato (no sabemos en qué jurisdicción lo hará). -
3.- ASOCIACION, como entidad puede realizar diferentes actuaciones como presentar denuncias ante la inspección de trabajo para que informe de la legalidad o ilegalidad en la contratación, solicitar información a las administraciones públicas (...), cuestiones en defensa de los asociados que se están efectuando.-
Reiteramos que no somos sindicatos y los beneficios que se puedan obtener sólo son aplicables a los asociados. La exclusividad por ejemplo sólo afectará a cada asociado. Es importante y no debemos olvidar cómo tras estas actuaciones, (que es lo que nos piden los asociados), incluso los sindicatos parecen replantearse la defensa de los derechos de los afiliados, es más, incluso la administración nos solicita encuentro informativo. Tan claro no estaría el tema de la jurisdicción para darse por vencido nadie y tan mal no lo estamos haciendo. Sólo necesitamos el apoyo de los eventuales para motivarnos cada día más a hacer justicia. La historia la escriben los héroes. Podemos perder en cualquier momento pero nunca nos quedará la duda de "¿y si no lo hubiésemos intentado?".-
Director Asesoría Jurídica
Manuel N. Martos García de Veas

Exclusividad ¿Existe abonando el 75%?

        Esta teniendo entrada en la Asociación, y por ende, en la asesoría jurídica, solicitudes de información sobre la famosa exclusividad que se exige al 100% y se abona al 75%. En este sentido, ya se está efectuando el preceptivo estudio jurídico, si bien, el posicionamiento de esta asesoría jurídica es bien lógica además de legal.-
          Así, para estar abonando exclusividad, ésta debe ir amparada por la misma relación sinalagmática. Es decir, abonar exclusividad cuando se está cotizando al 100% es lógico. Abonar exclusividad al 75%, cotizar al 75% y exigir el 100% no es legal. Si el SAS quiere reducir la jornada y el salario, esto no es una relación directa con los complementos, y más si es el de exclusividad. Así, para garantizarse la "exclusividad" (perdón por tanta reiteración) que parece querer, debe abonarla al 100% (como complemento a tanto alzado sin posibilidad de reducción), ya que no puede existir exclusividad en una prestación de servicios que no es del 100%. Esta cuestión roza otra ilegalidad estando proscrita en la propia Constitución que obliga a reconocer, aplicar y respetar el derecho de igualdad y legalidad (más en una administración), lo que entendemos es sancionable.-
       Conforme se termine el estudio jurídico se iniciará por la asociación, y sólo para sus asociados, la reclamación ya que la Junta de Gobierno lo autoriza. Esta actuación puede ser también individual (concretarla en el propio asociado, si lo quiere, como ya se está haciendo solicitando el abono de las diferencias), pero, reiteramos, se realizará directamente por asesoría jurídica al ver que es una duda reiterada entre socios sin coste adicional alguno para el asociado. La reclamación individual del 25% de complemento de cada asociado es individual y si se quiere, se puede incluir en la demanda propia que voluntariamente cada uno puede interponer a la vez que se presenta la colectiva.-
       La asesoría aprovecha para recordar que las personas que quieran individualizar, deben solicitarlo expresamente en asesoría (asesoriajuridica.aesas@gmail.com), ya que su reclamación, además de la colectiva, es propia, con sus características determinadas y determinables, debiendo concretarla. La acogida por el personal sanitario está siendo muy importante. La defensa de los derechos e intereses debe realizarse y se está consiguiendo desde la unidad. Cuantos más asociados seamos más afectados somos y más fuerza tendremos para reclamar. Recordar el plazo, este es importante para la organización. Ya está organizado en Cádiz, Huelva y Sevilla puesto que son las provincias que más asociados han movilizado aportando documentación. El resto de provincias están pendientes de organización (conciertos con notarias, acuerdos con Colegios Médicos ...) a la espera de recibir documentación por los asociados y cerrar el número de estos. En Córdoba y Granada nos informan que ya se están organizando (pendientes de solicitarnos charla informativa).-
     
Director Asesoría Jurídica